“Nuestro fiel amigo”, así consideramos a nuestros perros que conviven con nosotros día a día, animales que destacan por su fidelidad y su amor incondicional, algo que normalmente devolvemos hacia ellos sin ningún esfuerzo.

A pesar de ello, por desgracia cada vez son más las personas, sobre todo en verano, que deciden tener un perro y al tiempo abandonarlo en cualquier sitio para deshacerse de él, sin pensar en el bienestar del animal.

Pues bien, el post que os traemos hoy va dirigido a todas aquellas personas que tienen en mente realizar tal atrocidad, para que tengan presente que abandonar a un animal tiene consecuencias no solo morales, sino también administrativas y penales.

El abandono animal es uno de los mayores problemas que se plantean en España en relación con los animales domésticos, algo que se intenta evitar con una mayor concienciación y sobre todo con una normativa y legislación más dura, aunque aún así desde nuestro punto de vista sigue siendo muy laxa.

Como ya hemos comentado, abandonar a un animal tiene consecuencias penales y administrativas.

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Abandono animal desde un punto de vista penal.

En primer lugar, tenemos que señalar que el abandono animal está tipificado como delito en el Código Penal, concretamente en el artículo 337 bis, que establece lo siguiente:

“El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales”

Se puede pensar que el abandono al que se refiere este artículo es el abandono en algún lugar fuera del domicilio, como en un bosque, contenedor o carretera, donde su vida puede peligrar. No obstante, a esto hay que añadirle también el abandono en el domicilio en aquellos casos que el animal muestre signos de no ser atendido correctamente.

El artículo 337 del Código Penal hace referencia al maltrato animal, algo que está ligado al abandono y  que establece que pueden ser castigados con una pena de tres meses y un día a un año de prisión aquel que cometa tal delito, imponiéndose la pena en su mitad superior cuando concurra alguna de estas circunstancias:

  1. aSe hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.
  2. b) Hubiera mediado ensañamiento.
  3. c) Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
  4. d) Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

El animal puede sufrir tanto maltrato psicológico como físico y ambos se pueden denunciar.

El artículo 337.3 del Código penal establece que en el caso que el animal fallezca, ya sea por maltrato o por abandono,  a la persona culpable de ello se le impondrá una pena de 6 a 18 meses de prisión e inhabilitación especial de 2 a 4 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Por último, debemos comentar que este tipo de delitos es público, lo que quiere decir que cualquier persona que vea o conozca un caso de abandono puede y debe denunciar ante el juzgado o la policía. Para ello, deberá contar con la mayor cantidad de pruebas posibles sobre el hecho, tales como fotografías, videos, informes de veterinarios o adiestradores, entre otras.

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Consecuencias administrativas por abandono animal

Abandonar a un animal conlleva no solo a un incurrir en un delito tipificado en el Código Penal, sino también en incumplir la legislación administrativa, incurriendo en una sanción.

Cada Comunidad Autónoma tiene su propia legislación sobre protección animal, que es donde se establece las infracciones y las multas por abandonar a un animal, pudiendo llegar a sanciones económicas muy cuantiosas y que en muchos casos son más elevadas que las que se establecen por la vía penal.

Estas sanciones varían mucho de comunidad en comunidad, como ejemplo podemos señalar que abandonar un animal en Murcia nos cuesta 3.005 euros, en Asturias 90.000 euros, en Madrid 15.025 euros, en Aragón va desde 601 hasta 6.010 euros o en Cataluña de 20.000 euros.