La Primera Comunión con padres divorciados

por | Mar 21, 2019 | Derecho civil, Derecho de familia | 3 Comentarios

El mes de mayo está a punto de llegar y es habitual que en este mes se celebren comuniones. La comunión es uno de los días más esperados y más bonitos de la vida de nuestros hijos.

A priori, puede parecer que celebrar la comunión no nos provoca ningún tipo de complicación, pero esto no es del todo cierto, ya que para muchos padres divorciados este acto es el causante de muchas discusiones y quebraderos de cabeza.

A continuación os vamos a ayudar a cómo podemos solventar todas estas dudas que les surgen a los padres divorciados respecto a la celebración de la comunión de sus hijos.

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¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo en si celebrar o no la comunión?

Antes de explicar jurídicamente qué podemos hacer ante esta circunstancia, queremos hacer hincapié en que este tipo de celebración puede hacer mucha ilusión a nuestros hijos, por lo que no estaría de más que se prestara atención a lo que les gustaría hacer a éstos y evitar hacerles sentir mal y pelearnos entre los padres.

Se presentan muchos casos en los que uno de los progenitores está a favor de que su hijo haga la comunión y el otro no, por lo que entra la duda de qué decisión prevalece entre las dos, si la del padre o de la madre.

Pues bien, en primer lugar tenemos que dejar claro que este tipo de decisiones  es una cuestión de patria potestad, no de guarda o custodia, lo que quiere decir que si ambos progenitores ostentan la patria potestad del menor se tiene que llegar a un acuerdo entre los dos, es decir, que ambos progenitores tienen que llegar a un acuerdo de si el menor celebra la comunión o no, sin que uno de ellos tenga más poder de decisión que el otro, independientemente  de que uno de ellos tenga la guarda y custodia.

Si a pesar de intentarlo, los progenitores no consiguen llegar a acuerdo, el progenitor que no se opone, es decir, el que quiere que su hijo celebre la primera comunión, tendrá que acudir a la vía judicial.

Este procedimiento judicial es un procedimiento de jurisdicción voluntaria, el cual cualquier progenitor puede instar ante el juzgado para solicitar una autorización para realizar cualquier acto,  cuando ambos progenitores no se ponen de acuerdo y deben hacerlo.

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¿Quién tiene que pagar los gastos de la comunión?

Otras de las discusiones que suelen darse cuando se prepara una comunión es quién se va hacer cargo de pagar los gastos que ésta conlleva.

Pues bien, en este caso deberemos diferenciar dos tipos de gastos, uno de ellos es el de la celebración (banquete, fiesta, actividades de entretenimiento) y otro es el del evento religioso (vestido, zapatos, etc).

Ambos tipos de gastos son considerados gastos extraordinarios, por lo que se tendrán que sufragar por ambas partes, siempre teniendo en cuenta el porcentaje que se  haya establecido en sentencia referente a este tipo de gastos.

No obstante, cabe hacer hincapié en que en este tipo de evento hay dos tipos de gastos. Los gastos del evento religioso son obligatorios y necesarios por lo que ambos progenitores tienen que sufragarlo. Sin embargo, los gastos del banquete no son necesarios, por lo que si uno de los dos progenitores se niega, tendrán que ser sufragados por el progenitor que ha tenido la idea de realizarlo.

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¿Quién se queda con el hijo el día de la celebración?

Los progenitores del menor que se han divorciado tendrán un régimen de visitas y una custodia, la cual tienen que cumplir. No obstante, a la hora de la celebración de la primera comunión, se pueden preguntar quien tiene que tener al hijo ese día.

Pues bien, lo normal es que se intente llegar a un acuerdo y en caso de no hacerlo habrá que acudir al convenio establecido en sentencia y establecer el régimen de visitas a quien corresponda., es decir, el hijo pasará el día de su comunión con el progenitor que le corresponda esa fecha según el convenio.

En caso de querer pasar el día con el menor y no pertenecerte esa fecha, puedes acudir al Juzgado para poder solicitar que la comunión se pueda celebrar con ambos progenitores.

 

Mi ex pareja me prohíbe acudir a la celebración

Muchas veces el progenitor que se encarga de organizar el evento y el cual  le corresponde pasar el día con el menor, amenaza al otro diciéndole que no puede acudir a la celebración de la primera comunión.

Pues bien, aquí hay que diferenciar entre el evento religioso y la celebración,  el primero se realiza en una iglesia que es un lugar público, por lo que nadie te puede negar la entrada, sim embargo la celebración el progenitor lo puede celebrar en cualquier sitio privado, por lo que si no se ponen de acuerdo y no desea que estés en ella, no podrás estar.

No obstante, siempre podrás acudir a la vía judicial para solventar dicha discrepancia.

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¿Qué puedo pedir exactamente a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria?

Es importante dejar claro que lo que se solicita al Juez en este procedimiento no es que decida por nosotros en si el menor debe o no debe hacer la comunión, sino que se solicita al Juez que nos de autorización para poder tomar una decisión unilateralmente, cuando deberíamos hacerla en común acuerdo con el otro progenitor.

En concreto, podemos acudir a esta vía para multitud de cuestiones referentes a nuestros hijos, pero sobre el tema de la primera comunión, las más habituales son las siguientes:

  • Decidir si se el menor hace la primera comunión
  • Decidir si el menor va a catequesis
  • Decidir toda clase de preparativos
  • Asistir a la ceremonia o banquete
  • Poder estar con el menor el fin de semana que celebra la comunión.

 

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3 Comentarios

  1. Miguel Ángel

    Existe jurisprudencia o algún criterio para la elección del día de celebración de la Comunión cuando no hay acuerdo entre cuatro fechas posibles. Existe custodia compartida. Gracias.

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  2. Mercedes

    Hola buenas mi nieto hizo la primera comunión en esta Semana Santa, la custodia es compartida y su madre le hizo la comunión ,sin decir nada al padre . Mi pregunta es si el padre puede hacer algo al respecto ya que ella hace lo que le da la gana , lo mismo hizo cuando lo cambio de pediatra tampoco aviso al padre.

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  3. Carmen

    Hola la ex mujer de mi hijo 2 dias antes le dice a mi hijo q el y sus invitsdos no vamos ala celebracion. de la comunion de mi ñieto, se puede denunciar esto, por daños sicologicos!!

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