¿Qué derechos tengo como paciente?

por | Ene 12, 2017 | Consejos, Defensa del consumidor | 0 Comentarios

Por desgracia, todas las personas habitualmente enferman e incluso alguna vez en su vida han podido ser hospitalizadas, pero muchas de ellas no saben los derechos que tienen como paciente, algo que reviste de gran importancia. Por ello, en el post que os traemos hoy os contamos cuáles son los derechos que se tienen como paciente.

Los derechos que toda persona tiene como paciente están recogidos en varias normas que se han ido acumulando a lo largo del tiempo. La primera referencia a las mismas la encontramos en la Constitución Española, que establece como Derecho Fundamental la protección de la salud. Más adelante tenemos la Ley General de Sanidad, así como la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, que entró en vigor en 2002. Por último, desde 2011 podemos encontrar la Ley General de Salud Pública, entre otras.

Todo este conjunto de normativa establece los siguientes derechos:

Derechos principalesimages

Todo paciente tiene derecho a recibir atención médica adecuada, recibir un trato digno y respetuoso y a ser atendido de urgencia, así como el derecho a no ser grabado ni fotografiado con la finalidad de difusión.

Por último, se debe tener facilidades para conseguir una segunda opinión.

Derecho de información

Todo paciente tiene el derecho a recibir toda la información necesaria y disponible sobre todas aquellas actuaciones que se vayan a llevar a cabo y que afecten a su salud. El titular de este derecho es el propio paciente, es decir, que la información debe ser recibida por éste. No obstante, también cabe la posibilidad de que sea informado cualquier familiar del paciente, siempre y cuando éste lo autorice. Si el paciente no se encuentra capacitado para recibir esta información, anteriormente a esta situación, se puede elegir un representante.

La información que se debe proporcionar en todo caso tiene que ser veraz, además de explicar la finalidad, riesgos y consecuencias de la actuación de una forma adecuada y comprensible para el paciente.

Este derecho también conlleva un deber para el paciente y es que éste está obligado a tener que informar sobre su estado de salud de forma veraz.

Derecho a decidir

Toda actuación que se lleve a cabo sobre un paciente y que afecte a la salud del mismo tendrá obligatoriamente que obtener el consentimiento libre y voluntario por parte del afectado o de sus representantes legales. Esto es imprescindible sobre todo en los casos de cirugía.

El paciente siempre podrá decidir si quiere o no someterse a esa actuación y, si ya ha dado el consentimiento y cambia de idea, podrá revocar el mismo por escrito en cualquier momento.

Hay que añadir que si el médico no pone los medios necesarios para obtener el consentimiento o no siquiera lo requiere, él será el responsable de los perjuicios que pueda sufrir el paciente.

legal-1143114_960_720Derecho a intimidad

La Ley establece que todos los datos referentes a nuestra salud, añadiendo los referentes al patrimonio genético, deben ser confidenciales y no se pueden ceder a terceras personas sin el consentimiento del propio afectado. Para ello, los centros deberán establecer las medidas oportunas.

A este derecho hay una excepción y es que en aquellas ocasiones en que esté en peligro la salud pública o sea un caso de un menor que deba ser protegido, no tendremos este derecho de confidencialidad.


Derecho a un historial clínico

Todo paciente tiene derecho a contar con un historial clínico, ya sea por escrito o por soporte técnico, en el que se recoja toda la información sobre su salud o sus intervenciones, ya sean en asistencia primaria como especializada a lo largo de su vida.

Cada centro será el responsable de realizar y guardar los historiales de sus pacientes.

Además, la Ley establece el derecho a que todo paciente pueda acceder a este historial y a poder pedir una copia del mismo.

Instrucciones Previas

Como ya hemos comentado anteriormente, todo paciente, mayor de edad y capaz, tiene el derecho de decidir si quiere o no realizar un tratamiento. La ley contempla que el paciente puede manifestar de forma anticipada los cuidados y tratamientos que desea recibir si llega el momento y no pueda expresar sus deseos.

Estas instrucciones se registran en el Registro Nacional de Instrucciones Previas.

Reclamaciones y sugerencias

Todo paciente puede realizar las reclamaciones o sugerencias que vea pertinentes sobre los defectos en el funcionamiento del centro, en la organización, los servicios, los recursos del centro o el trato.

Para realizarlas se podrá acudir al Servicio de Atención e Información del Paciente y Usuario e incluso ante el Defensor del Pueblo.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *