¿QUÉ ES EL «SEXTING» Y COMO AFECTA A LOS NIÑOS ?

por | Nov 3, 2015 | Delitos de menores, Delitos informáticos, Derecho penal, Nuevas tecnologías | 1 Comentario

Se puede decir que  la tecnología ya forma parte de nosotros, parece ser que nos aporta, entre otras muchas cosas, tener más facilidades para comunicarnos entre nosotros. Pero,  no es oro todo lo que reluce, ya que  disponer de esta tecnología en muchas ocasiones supone un gran riesgo no sólo para nuestros hijos, sino para nosotros también.

En este artículo nos vamos a centrar en explicar otra de las prácticas delictivas que se dan en Internet y  que cada vez es más habitual: el Sexting

¿Qué es esto del Sexting?10817419913_d6d4f162e3_b

«Sexting» es un término inglés, que se compone de “sex”, que significa sexo y “texting” que significa envío de mensajes mediante el teléfono móvil.  Por lo que lo podemos definir como aquella difusión o publicación de contenidos de tipo sexual, producidos por el propio remitente, utilizando para ello el teléfono móvil o cualquier otro medio tecnológico, por ejemplo, si un menor de edad le envía por whatsapp una imagen con contenido sexual a otro menor de edad y éste último lo difunde entre sus amigos estaremos ante esta práctica.

Debemos señalar que hay dos tipos de sexting.

  • Sexting activo: es el que se hace así mismo las fotografías.
  • Sexting pasivo: Es la persona que recibe las imágenes.

 

¿Por qué el Sexting afecta en gran medida a los adolescentes?

En primer lugar, tenemos que situarnos en la actualidad. Hoy en día, 7 de cada 10 adolescentes tienen teléfono móvil, esto hace que tengan todos los medios a su alcance y sin ningún tipo de vigilancia, ya que es muy complicado que los padres puedan saber que están haciendo sus hijos con el móvil durante todo el día.  Según datos del instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación y Pantallas Amigas, el 8.1% de los menores de entre 10 a 16 años admite haber recibido esta clase de fotos y videos.

Otro estudio,  por parte de la Universidad Miguel Hernández, ha averiguado que el 50% de los jóvenes sufren alguna vez a lo largo de su vida alguna de las formas del ciberacoso y,  de ese porcentaje el 5.9% son de tipo sexual.

 

EL problema del Sexting es que es el propio adolescente quién decide enviar esas fotografías con contenido sexual a otra persona. Esto lo hacen para impresionar a otras personas, normalmente aquellas con las que tienen un interés especial o, incluso, para sentirse bien consigo mismo. Aunque, sin ninguna duda, lo más habitual es sacarse estas fotos para enviárselas a sus parejas.

Esta práctica pone en una situación vulnerable al menor, ya que ellos no entienden que al enviar esas fotos se está vulnerando su privacidad. Esto es así porque al enviar las fotos se corre el riesgo que sean reenviadas a una cantidad ilimitadas de personas.

También es importante destacar que estas prácticas se llevan a cabo por la poca información que tienen los menores sobre las mismas y el riesgo al que se enfrentan.

10817138325_a9eb67d54b_b¿Cuáles son esos riesgos?

  • Como hemos dicho anteriormente se pierde totalmente la privacidad del menor ya sea porque reenvían las fotografías o porque le roben el móvil con contenido sexual.

 

  • Uno de los riesgos más importantes es que el menor puede llegar a sufrir lesiones o abusos sexuales por parte de personas adultas, como son los pederastas.

 

  • Además, uno de los problemas que más afecta y que es más difícil detectar, es que el menor puede sufrir daños psicológicos.  Esto es así porque al enviar esta clase de fotografías y ser difundidas, el menor sufre humillación por parte de sus compañeros. No tenemos que olvidar que estamos hablando de adolescentes que están viendo a otro igual que ellos en una situación sexual.  Esto  normalmente deriva en otro gran problema como es el bullying o ciberbullying.

 

  • Aparece en muchas ocasiones el llamado sextorsión. Es un tipo de chantaje que se le hace al menor, protagonista de estas fotografías, con la finalidad de abusar de él.  Se le chantajea con enseñar o publicar las fotografías anteriormente enviadas,  si no accede a satisfacer sus necesidades carnales.

 

¿Cómo castigar esta práctica?

Para poder establecer un tipo de pena, tenemos que atender a dos parámetros.

  • Si el que difunde las fotografías es menor de edad: en este caso, es el menor de edad quién difunde las imágenes y quién realiza el acoso. Es decir, tanto víctima como acosador son menores de edad. Para poder castigar a estos menores tenemos que atender a la Ley  orgánica de Responsabilidad Penal del Menor que establece que aquellos actos tipificados como delitos cometidos por un menor de edad,  le serán de  aplicación las medidas restrictivas pertinentes, tales como libertad vigilada, trabajos en beneficio de la comunidad, tareas socioeducativas y permanencia de fin de semanas entre otras.

 

  • Si el autor del delito es mayor de edad: tendremos que estar a lo dispuesto en el Código Penal. Estaremos ante un delito en los siguientes casos, entre otros:
  1. Artículo 197.7 : Cuando se difunda, revele o ceda a terceras personas imágenes o grabaciones con contenido sexual sin consentimiento de la persona afectada en el caso que ésta sea mayor de edad y en el caso de que la personas afectada sea menor de edad basta con que haya difusión, no se contempla si ha habido consentimiento o no.  Este delito conlleva una pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 meses a 12 meses.  Además se impondrá la pena en su mitad superior en el caso de que las imágenes  difundidas sean una persona que haya tenido una relación afectiva con el difusor.
  2. Artículo 189.1.B: El que utilice a menores de edad o a personas discapacitadas  para realizar  material pornográfico  será castigado con una pena de presión de 1 a 5 años.
  3. Artículo 186: Aquella persona que difunda, vendiere, exhibiere  imágenes o material pornográfico entre menores de edad o cuyo contenido sea de menores de edad, será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses.

 

En conclusión estamos ante una situación muy delicada que debemos solventar lo antes posible. Para ello debemos educar a nuestros hijos concienzudamente sobre este tipo de prácticas . Por otro lado si des afortunadamente os encontráis con un caso de sexting y no sabéis como acabar con él, debéis poneros en contacto con profesionales, no solo con psicólogos sino con abogados, para castigar a la persona que se ha estado aprovechando del menor.

Comar abogados estará encantado de poder ayudarles. www.comarabogados.es

 

 

1 Comentario

  1. Paola

    Muy buen articulo. Gracias por compartirlo.

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