Reclamaciones de cantidad en Zaragoza

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En la actualidad, la crisis económica y la morosidad de las empresas y particulares han provocado un aumento considerable en la interposición de procedimientos monitorios que permitan llevar a cabo el cobro de morosos.

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¿Qué es el procedimiento monitorio?

Rápido, Fácil y Barato

Introducido en España con la aprobación de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil, se trata de un procedimiento judicial caracterizado por su rapidez y agilidad en lo referente a la reclamación de deudas de carácter dinerario.

Su utilización se ha ido generalizando en los últimos años hasta el punto de haberse convertido en la actualidad en el procedimiento de ámbito civil más utilizado. A través de este procedimiento monitorio se podrá reclamar el pago de una deuda dineraria de cualquier importe, siempre que sea líquida, determinada, vencida y exigible, además de encontrarse acreditada.

Reclamaciones de cantidad fuera de los procedimientos monitorios

Procedimiento declarativo

Puede ocurrir que, una vez interpuesto el procedimiento monitorio, el deudor se oponga al pago de la deuda reclamada. En tal caso, se pone fin al procedimiento monitorio, continuando por los trámites del procedimiento declarativo que corresponda por razón de la cuantía.

Otra posibilidad puede ser que, debido a las circunstancias concretas de la situación en la que nos encontremos, sea preferible optar a interponer directamente un procedimiento declarativo sin necesidad de recurrir al monitorio. Nuestros profesionales se encargarán de analizar qué opción es la más interesante y eficaz para que pueda recuperar su dinero.

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