¿Tengo que declarar a hacienda los regalos de boda?

por | Jun 1, 2018 | Actualidad, Consejos | 0 Comentarios

Estamos en el comienzo de  una temporada muy bonita: Las bodas.

Si estás organizando tu boda ya te habrás dado cuenta que no es sencillo y que requiere de mucho esfuerzo y tiempo, tanto tuyo como de tu pareja.

De entre todos los preparativos y cuestiones que pueden plantearse a la hora de preparar una boda, hay una que resuena en la cabeza de muchos de los novios, ¿Tengo que declarar a hacienda los regalos que me den los invitados?.

Pues bien, a continuación os vamos a despejar la duda sobre este tema.

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¿Qué dice la Ley sobre los regalos de boda?

En todas las bodas, los invitados suelen dar regalos a los novios, desde objetos materiales como móviles, ordenadores, electrodomésticos, entre otros, como dinero en efectivo, para ayudarles a pagar el viaje de novios.

Pues bien, si atendemos a la Ley de una forma estricta, todos estos regalos, ya sean dinerarios o en especie son considerados donaciones, independientemente sean regalados por amigos, padres, hermanos, abuelos o primos.  Es por ello que deberíamos tributar por  Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, está regulado en cada Comunidad Autónoma, por lo que dependiendo en que Comunidad Autónoma residas tendrás que tributar por un tipo aplicable diferente, que puede variar de 7.65% hasta el 34%. No obstante, en algunos casos las donaciones entre familiares de primer, segundo y tercer grado están bonificadas.

Además, la Ley no recoge una cantidad mínima exenta, por lo que tendrás que tributar tanto por un móvil como por un sobre de 100 euros y se tendrá que hacer por cada donación y de forma individual

Gift 688477 960 720 300x200Pero, ¿De verdad hay que tributar por los regalos de boda?

Ya hemos visto que si nos fijamos en la Ley, sí que hay que tributar por este tipo de donaciones, pero, ¿De verdad la Agencia Tributaria pierde el tiempo en perseguir a los novios para que tributen los regalos que se les ha dado en su boda?

Si seguimos la Ley a raja tabla, también se tendría que tributar por la propina que dan todos los meses los padres a los hijos o los abuelos a los nietos.

Es por ello, que existe una tradición generalizada, de que tanto para este tipo de donaciones como para las donaciones que se reciben en las bodas por parte de los invitados, la Agencia Tributaria no requiere el pago del impuesto y no persigue a los novios.

No obstante, ¡ojo!, la cosa cambia si el ingreso de dinero es de una cantidad  elevada, ya que en ese caso la Agencia Tributaria sí que obliga a realizar el pago del impuesto.

Tenemos que tener en cuenta que cuando hacemos un ingreso en efectivo en el banco de más de 3000 euros, éstos tienen la obligación de notificarlo a la Agencia, para tener un control.

Así mismo, independientemente de que hacienda no nos requiera el pago del impuesto por los regalos recibidos, deberemos guardar todas las facturas de todos los gastos que hemos realizado en la boda. Esto es así, porque aunque no nos investiguen a nosotros, si que pueden hacerlo a las empresas que giran en el mundo de las bodas, para saber si están realizando todo correctamente, y nos pueden pedir las facturas para poder controlar la situación.

 

 

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