Tengo hijos y estoy divorciado, ¿Puedo cambiarme de domicilio?

por | Feb 3, 2017 | Derecho civil, Derecho de familia, Divorcios | 3 Comentarios

Cambiar de domicilio es algo muy habitual hoy en día. Ya sea por causas laborales o emocionales, este cambio no es tan sencillo para aquellas familias que tienen hijos, especialmente si media un divorcio entre ellos.

Cuando una pareja con hijos se divorcia, en sentencia se regulan una serie de elementos como la guarda y custodia, la patria potestad, la pensión de alimentos y el régimen de vistas del progenitor no custodio, atendiendo siempre a las circunstancias del momento y teniendo todos ellos que ser cumplidos por ambos progenitores.

Por ello, cambiar de domicilio es complicado, puesto que estaríamos cambiando o modificando parte de los elementos de dicha sentencia. En el post que os traemos hoy os explicamos todo lo que se tiene que saber sobre el cambio de domicilio después de un divorcio con hijos.

¿Me puedo cambiar de domicilio sin consentimiento de mi ex cónyuge?home-1349925_960_720

Cambiar de domicilio a otra ciudad u otro país es algo que puede afectar notablemente a la vida del menor, ya que cambia de entorno, de amistades, de colegio e incluso de idioma, pero lo que más puede afectar es en su relación con el progenitor no custodio, ya que generalmente podrá verlo menos tiempo de lo que tenía establecido en sentencia.

Por ello, reiterada jurisprudencia entiende que la elección o decisión de cambio de domicilio no puede considerarse un derecho del progenitor custodio, sino un derecho inherente a la patria potestad.

Normalmente, la patria potestad la tienen ambos progenitores y son los dos los que deciden, por ejemplo, a que colegio va el menor o si va al psicólogo.  Por lo tanto, podemos decir que cambiar de domicilio tiene que ser una decisión tomada por ambos progenitores.

Entonces podemos concluir que para cambiar de domicilio tenemos tres opciones:

  • Acuerdo entre ambos progenitores
  • Consentimiento de un progenitor frente al otro.
  • No se llega a acuerdo

Lo primero que tiene que hacer el cónyuge que quiere cambiar de domicilio es notificar esta decisión al otro progenitor, siempre a poder ser por escrito.

¿Qué hago si no se llega a acuerdo?

Si una vez intentado el acuerdo, éste no llega a buen puerto, se debe acudir al juzgado para que sea éste el que tome la decisión del cambio de domicilio.

Tenemos que tener en cuenta que los jueces para decidir esta cuestión, se van a basar fundamentalmente en el interés del menor, es decir, que no sea un cambio muy brusco para él que le pueda causar perjuicio.  Por lo tanto, si estamos en la parte que no queremos que se cambie de domicilio, debemos acreditar que el cambio va a afectar notablemente al menor.

Otro de los factores que atienden los jueces es la edad del menor. Esta comprobado que cuanta menos edad tiene, más fácil es que el juez otorgue el cambio de domicilio. Esto es debido a que al ser el menor de corta edad no ha desarrollado todavía mucho arraigo y el cambio lo puede soporta de una forma más positiva.

¿Qué pasa si se toma la decisión unilateralmente?

Como ya hemos comentado anteriormente, no se puede cambiar el domicilio sin haberlo consensuado anteriormente con su ex pareja. Pero si aun así hay personas que lo realizan de forma unilateral, deben tener presente que están incumpliendo la sentencia de divorcio y que el otro progenitor podrá ejercer acciones legales.

change-948008_960_720Al cambiar de domicilio: ¿Qué pasa con las visitas?

Cae de cajón que al cambiar de domicilio, ya sea a otra ciudad o a otro país, las visitas del progenitor no custodio no van a poder realizarse ni de la misma manera ni del mismo tiempo que tenía antes del desplazamiento.

Para ello, es fundamental que también se intente establecer un nuevo régimen de visitas de mutuo acuerdo y en el caso de no poder, habrá que acudir al juez para que lo determine él.

Podemos encontrar diversidad de estos casos, en los que los jueces han determinado diferentes tipos de régimen de visitas, por ejemplo, han puesto solo un fin de semana al mes para el no custodio, han sustituido todos los fines de semana por todos los puentes escolares o han eliminado los días de visitas entre semana y han establecido 3 fines de semana para el progenitor no custodio.

No obstante, siempre intentan que la comunicación con el menor sea favorable y constante, ya sea telefónicamente o mediante medios tecnológicos, como skype.

¿Quién paga los gastos de desplazamiento?

Esta cuestión es muy planteada en estos casos, sobre todo por el progenitor no custodio.  Normalmente, se suele acordar entre ambos quién va a sufragar estos gastos, pero en caso de no ponerse de acuerdo, el juez suele determinar que el gasto debe ser sufragado a partes iguales.

 

3 Comentarios

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  2. Rafael

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  3. Christina

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