Aspectos legales a tener en cuenta si eres propietario de un perro

por | Oct 10, 2017 | Consejos, Derecho animal | 1 Comentario

Incorporar un nuevo miembro en la familia de cuatro patas es una excelente idea ya que nos proporciona compañía, diversión y un amor incondicional, pero no todo son derechos, sino que ser propietario de un perro conlleva una serie de obligaciones y responsabilidades, tanto morales como legales.

Cada comunidad autónoma tiene una normativa diferente que engloba esas obligaciones que todo propietario de perro tiene que realizar y debe saber.

En el post que os traemos hoy os contamos lo que tiene que hacer  un propietario de un perro en Zaragoza para evitar cualquier tipo de sanción y/o condena judicial.

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Incorporar un microchip

El microchip es un chip del tamaño de un grano de arroz que se coloca en el cuello del animal y que contiene un número que sirve para identificar al animal y a su propietario.

Se puede colocar a partir del segundo mes de vida del animal y no causa ningún tipo de dolor al mismo.

La Ordenanza Municipal sobre Protección, la Tenencia  Responsable y la Venta de Animales de Zaragoza establece que es obligatorio identificar electrónicamente con un  microchip homologado al animal y que éste debe ser puesto por un veterinario colegiado. En caso de no cumplir con esta obligación puede ser sancionado y tener complicaciones en cuanto a demostrar que el animal es de su propiedad.

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Obligación de recoger los excrementos

La Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Residuos de Zaragoza establece en su artículo 74.1 que todo propietario y responsable de animales está obligado a recoger en una bolsa cerrada los excrementos que éstos depositen en los espacios públicos o privados de uso público.

En definitiva, estamos obligados a recoger las defecaciones de nuestros perros cuando hacen sus necesidades en la calle si no queremos ser sancionados con una multa económica de hasta 150 €.

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No pueden soltarse los perros en cualquier sitio

Es importante saber que los perros no pueden soltarse en cualquier lugar. Según el Decreto sobre Condiciones para la Suelta de Perros en los Parques Públicos, los perros solo se podrán soltar en aquellas zonas verdes o en zonas claramente identificadas con una superficie mínima orientativa de 1.000 metros cuadrados. Además, debe estar señalizada con letreros informativos que anuncian las normas a cumplir.

En cambio, no podrán estar sueltos en zonas de juegos infantiles ni podrán penetrar en fuentes, estanques o pisar plantaciones de flores o plantas ornamentales. Tampoco podrán estar sueltos en zonas de mayores, pistas deportivas o huertos.

Para hacerlo más fácil, el Ayuntamiento de Zaragoza ha establecido una lista con una serie de parques ordenados por distritos en los que sí que se puede soltar a los perros sin ningún problema.

Horario de suelta

Una vez tenemos claro los lugares que podemos soltar a los perros, debemos saber que en esos mismos lugares no podemos hacerlo a cualquier hora.

Según el Decreto sobre Condiciones para la Suelta de Perros en los Parques, solo se puede soltar a los perros en las zonas destinadas para ellos en el siguiente horario:

  • Del 1 de mayo al 31 de octubre, la suelta se podrá realizar de 21:00 a 9:00 horas del día siguiente.
  • Del 1 de noviembre al 30 de abril, la suelta se podrá realizar desde las 20:00 a 9:00 horas del día siguiente.

El Ayuntamiento puede tener zonas de suelta autorizadas de forma permanente en los que no existe limitación horaria.

No cumplir con este horario puede llevar aparejada una multa económica de entre 50 a 250 euros.

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Obligación llevar  documento o tarjeta identificativa

Una vez que incorporamos el microchip a nuestro perro y lo inscribimos en el RIACA, se nos proporcionara una tarjeta o documento identificativo en el que aparecerán los datos de nuestro perro, así como el número de microchip y los datos del propietario.

Este documento se nos puede pedir en cualquier momento para verificar la identidad del perro, por lo que es obligatorio tanto llevarlo encima como mostrarlo si se nos pide.

El no cumplir con esta obligación puede conllevarnos una multa de entre 50 a 250 euros.

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¿Si tengo un perro Potencialmente Peligroso?

Si se tiene un perro potencialmente peligroso  es preciso saber que en la vía pública lo debemos llevar siempre con bozal y atado. Cuando lo soltamos tiene que mantenerse el bozal puesto.

Además, debemos cumplir con una serie de requisitos, como obtener la licencia para tener este tipo de perros y contratar un seguro de responsabilidad civil. Para más información sobre los requisitos para tener un perro potencialmente peligroso podéis acceder a otro de nuestros post titulado : “Perros Potencialmente Peligrosos: Razas y Obligaciones Legales.

¿Debo sacarme un seguro?

En principio, solo es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para aquellos propietarios que tengan un perro considerado potencialmente peligroso. No obstante, si es muy recomendable que se tenga un seguro para el resto de perros.

En algunas ocasiones, los seguros del hogar suelen incluir la responsabilidad civil de nuestros animales. No obstante, en caso de no estar seguros o de que no nos cubra ese seguro, deberemos contratar otro.

En el mercado podemos encontrar muchas empresas de seguros determinados para mascotas. Esto es muy importante porque puede pasar, por ejemplo, que nuestro perro pueda escaparse y hacer daño a otro perro, a una persona o causar un accidente, lo que genera una responsabilidad civil que hay que pagar a la víctima.

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Obligación de vacunar a los perros

Siempre queremos lo mejor para nuestro perro y eso conlleva a cuidarlo debidamente y que tenga una buena salud y para ello le administramos vacunas contra enfermedades que pueden ser muy peligrosas para ellos. No obstante, debemos saber que independientemente queramos o no queramos suministrar esas vacunas, algunas son obligatorias.

En Zaragoza, la Ley obliga a vacunar a nuestros perros contra la rabia desde los 3 meses. Esta vacuna anteriormente se colocaba cada año, pero ha entrado en vigor una nueva normativa que establece que se revacunara cuando así lo establezca el prospecto de la misma vacuna.

La media suele ser cada 3 años, aunque se deberá preguntar al veterinario.

Por otro lado, no existe otra vacuna obligatoria

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Delito de abandono y/o de maltrato

Tener a un animal en malas condiciones sanitarias, encerrados en una terraza o incluso atados constantemente puede conllevarnos desde una sanción económica por vía administrativa como una sanción o prisión penalmente.

Maltratar a un animal puede ocasionarnos una pena de prisión de 3 meses a 1 año y abandonar a un animal una multa de uno a 6 meses e inhabilitación especial para la tenencia de animales.

No obstante, en el articulo “Abandonar a un animal tiene consecuencias graves profundizamos en el tema.

 

1 Comentario

  1. Aroa

    Muy buen articulo, muy recomendable! Reciba un cordial saludo.

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