Diferencias entre un matrimonio y una pareja de hecho

por | Jun 17, 2022 | Derecho civil, Derecho de familia | 0 Comentarios

Cuando una pareja lleva años juntos y han conseguido  una estabilidad o bien cuando ésta tienen hijos  en común, una de las decisiones que se deben tomar  es si  deben casarse o por el contrario hacerse pareja de hecho.

Ambas uniones tienen validez jurídica y son figuras bastante parecidas, pero existen algunas diferencias  que afectan a la convivencia y que hay que tener en cuenta a la hora de tomar una decisión.

Como para muchos este tema es muy  desconocido, a continuación os contamos cuáles son las diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho.

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Autor: Freepik

¿Qué es el matrimonio y qué es la pareja de hecho?

Para poder abarcar las diferencias entre un matrimonio y una pareja de hecho, primero debemos saber a qué nos referimos con una u otra.

En primer lugar, el matrimonio es la unión libre, permanente y estable entre dos personas del mismo o diferente sexo, celebrada prevista la Ley. Este matrimonio puede ser canónico, si es realizado ante la iglesia, o civil, si se realiza ante el Registro Civil.

En cambio, la pareja de hecho es la unión libre, estable y pública entre dos personas que conviven juntas sin contraer matrimonio y que guarden entre sí una relación de afectividad análoga al matrimonio.

El Tribunal Supremo ha determinado que desde un punto estrictamente legal, el matrimonio y la pareja de hecho no son lo mismo y esto se debe entre otras cosas, a que su régimen jurídico es diferente.

En cuanto al matrimonio, éste está regulado por el Código Civil, mientras que la unión de hecho o pareja de hecho no dispone de una normativa estatal, sino que habrá que acudir a cada Comunidad Autónoma.

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Autor: Halayalex

Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho

Régimen económico

Una de las principales diferencias que existe entre las parejas de hecho y el matrimonio es el régimen económico.

Cuando contraes matrimonio puedes optar entre un régimen económico de separación de bienes, sociedad de gananciales o régimen de participación.  Sin embargo, la pareja de hecho no tiene un régimen económico. Para poder tenerlo debe acudir obligatoriamente a una notaría para otorgar en escritura pública las bases de su régimen económico y así fijar los pactos.

 

Impuesto sobre la renta

Otra diferencia importante es que en caso de matrimonio se puede optar por realizar la declaración del IRPF de forma conjunta o individual. Sin embargo, en las parejas de hecho solo se pueden hacer de forma individual.

Pensión de viudedad y pensión compensatoria

La pensión de viudedad es otra de las grandes diferencias entre el matrimonio y la pareja de hecho.  Pues bien, en caso de matrimonio los cónyuges tienen derecho a la pensión de viudedad independientemente de los años que hayan estado casados, mientras que el caso de las parejas de hecho para poder solicitarla es obligatorio que ésta esté registrada como pareja de hecho y que lo haya estado al menos dos años antes del fallecimiento y haber convivido al menos cinco años previos.  Además, en este último caso, el cónyuge superviviente debe acreditar sus ingresos.

En caso de la pensión compensatoria,  si se ha contraído matrimonio existe la posibilidad de solicitar una pensión compensatoria en el propio proceso de separación o divorcio, pero sin embargo, en el caso de ser pareja de hecho, esta no la puedes solicitar en el procedimiento de medidas paternofiliales, sino que tienes que iniciar un procedimiento civil diferente.

Disolución

Las causas de disolución del matrimonio y de la pareja de hecho no son las mismas. Para el primero podemos nombrar el fallecimiento de unos de los cónyuges y cuando transcurren 3 meses desde la celebración del matrimonio, la separación o divorcio.

Por el contrario la pareja de hecho se puede disolver por fallecimiento, por decisión de uno de ellos, común acuerdo, por el matrimonio de uno de ellos o por una separación de hecho de más de 6 meses.

Herencias

En cuanto a las herencias, éstas también son diferentes. En caso de los matrimonios, el cónyuge viudo siempre va a tener derecho al usufructo del tercio de mejor.

En caso de pareja de hecho, la cosa se complica y es que no se tiene derecho a heredar a no ser que se haya realizado un testamento y siempre respetando los derechos de los herederos forzosos.

No obstante, se tendrá que acudir a cada Comunidades Autónomas, porque hay algunas que equiparan la pareja de hecho a las del cónyuge viudo.

Ámbito laboral

Por último, en el ámbito laboral también existen diferencias sobre todo en los permisos de trabajo.

En caso de matrimonio, el trabajador tiene derecho a 15 días de vacaciones, vacaciones a las que no tiene derecho las parejas de hecho, a no ser que lo establezca su convenio colectivo.

Si se quiere solicitar un subsidio por ayuda familiar, ésta solo puede darse si nos encontramos ante un matrimonio.https://www.comarabogados.es/abogados-derecho-familia-zaragoza/

Si tiene cualquier duda, póngase en contacto con un abogado especializado en derecho de familia. 

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