Oír hablar de drogas como la cocaína, marihuana, hachís o heroína, entre otras muchas, no nos sorprende, ya que España es de los países europeos donde más droga se consume.

Es habitual ver como menores fuman marihuana con toda tranquilidad pensando que si son sorprendidos por la policía pueden librarse de cualquier problema alegando que es para consumo propio. Pero nada más lejos de la realidad, en España está prohibida la sola tenencia de drogas, independientemente sea una cantidad mínima para autoconsumo o no se esté traficando con ellas.

La única diferencia que debemos entender es que dependiendo de la cantidad que llevemos podemos estar cometiendo o un delito que nos puede llevar directamente a la cárcel o incumpliendo una normativa administrativa lo cual nos va a conllevar una sanción económica. 7089407803 8b9ab4b83d o 300x201 - ¿Puedo ir a la cárcel por tenencia de drogas?

 

Fotografía de  Josué Goge

Delito por tráfico de drogas

En el caso de tener en su poder una cantidad de droga de cierta importancia, estar traficando o favoreciendo el consumo a terceras personas, estaríamos  cometiendo un delito tipificado en el  artículo 368 y siguientes del Código Penal como delito contra la salud pública.

En concreto, dicho artículo establece que los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de 3 a 6 años sin son drogas duras y de 1 a 3 años si se tratan de drogas blandas.

Independientemente de lo anterior, la pena puede aumentar o disminuir en cada caso concreto si incurre, por ejemplo, que el culpable fuere autoridad, funcionario público, trabajador social o docente o si el culpable empleare violencia.

Si la policía te ha cogido con droga el mejor consejo que te podemos dar es que te pongas en contacto con un abogado de Derecho Penal

images 1 - ¿Puedo ir a la cárcel por tenencia de drogas?

¿Cuánta cantidad de droga tengo que tener para cometer este delito?

Para que se pueda condenar únicamente teniendo en cuenta la cantidad de droga que se porta en el momento, la droga encontrada debe superar las siguientes cantidades:

  • 100 gramos de marihuana
  • 25 gramos de hachis
  • 7,5 gramos de cocaína
  • 3 gramos de heroína
  • 1,2 gramos de metadona
  • 1440 miligramos de MDM,MDMA, MDEA
  • 900 miligramos de anfetamina
  • 3 miligramos de LSD

 

En definitiva, portar droga en cantidades superiores a las expuestas conlleva a cometer un delito que lleva a aparejada una condena de prisión. Por otro lado, si la cantidad fuera inferior a la establecida no estaríamos cometiendo un delito pero sí que incurriríamos en una multa administrativa.

 

¿Qué pasa si llevo una gran cantidad?

Podemos encontrarnos con situaciones en los que al investigado se le ha incautado una cantidad de droga elevada. En ese caso estaríamos hablando de un delito de “notoria importancia” que llevaría aparejada una pena de prisión para las drogas duras de 6 a 9 años y para las blandas de 3 a 4 años.

Para hablar de este caso tendríamos que llegar a los siguientes umbrales:

  • 10 kg de marihuana
  • 5 kg de hachis
  • 750 kg de cocaína
  • 300 g de heroína
  • 120 g de metadona
  • 240 g de MDM,MDMA, MDEA
  • 90 g de anfetamina
  • 300 miligramos de LSD

the dependence of 1875449 960 720 300x200 - ¿Puedo ir a la cárcel por tenencia de drogas?

Sanción Administrativa por drogas

El 1 de julio de 2015 entró en vigor la nueva Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana o también conocida como la “Ley Mordaza” que establece una multa por el consumo o tenencia de drogas.

En concreto, establece en su artículo 36 que se cometería una infracción grave en caso de consumo o tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares.

En concreto la persona que tome o lleve drogas será sancionada con una multa de entre 600 a 30.000  euros, dependiendo de cada caso.

Normalmente, la primera vez que una persona es sancionada por consumir o portar droga es castigada con una sanción de grado mínimo, por lo que la multa será de unos 600 a 10.000 euros. En cambio, si en dos años se ha cometido otra infracción del mismo tipo, el grado cambia a medio y la multa oscilará entre 10.400 y 20.000 euros.

No obstante para determinar el grado concreto se tendrá en cuenta:

  • Cuantía del perjuicio causado
  • La entidad del riesgo porducido para la seguridad ciudadana o salud pública
  • Grado de culpabilidad
  • Transcendencia del perjuicio para prevención, mantenimiento o restablecimiento de seguridad
  • Beneficio económico obtenido
  • Capacidad económica del infractor

money 1835 960 720 300x200 - ¿Puedo ir a la cárcel por tenencia de drogas?

¿Se puede recurrir la sanción?

La respuesta es afirmativa, la sanción se puede recurrir administrativamente para poder anularla o rebajarla. Para ello se debe interponer un recurso en el que se establecen las alegaciones pertinentes.

Si necesitas ayuda con esta materia, desde COMAR ABOGADOS estamos encantados de poder ayudarte y asesorarte ante este tipo de hechos. Ponte en contacto con nosotros.