¿Se puede modificar o revocar  una sentencia firme de condena?

por | Abr 3, 2020 | Derecho penal | 21 Comentarios

La mayoría de los procedimientos penales que se encuentran en el Juzgado acaban en una Sentencia, ya sea condenatoria o absolutoria. Dichas Sentencias, o al menos muchas de ellas, pueden ser recurridas a través de diferentes recursos que son resueltos por el Tribunal correspondiente hasta que las mismas acaban siendo firmes, es decir, cuando ya no se puede interponer ningún otro recurso ordinario o extraordinario contra la misma.

No obstante, en la jurisdicción penal nos encontramos un recurso, que no es muy conocido y ni utilizado, contra sentencias penales que son firmes. Este recurso es el «Recurso de Revisión Penal»

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Autor: Freepik

¿Qué es el Recurso de Revisión Penal?

El recurso de revisión penal se regula en el Artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y es un medio de impugnación de sentencias firmes en vía penal que no tienen otra forma para ser recurridas.

No obstante, es preciso decir que no en todos supuestos se pueden utilizar este recurso, sino que solo se puede utilizar en los siguientes.

¿En qué casos se puede utilizar el Recurso de Revisión Penal?

Se podrá solicitar la revisión de sentencias penales firmes en los siguientes casos:

  1. Cuando una persona haya sido condenada en sentencia penal firme que haya valorado como prueba un documento o testimonio declarados después falsos, la confesión del encausado arrancada por violencia o coacción o cualquier otro hecho punible ejecutado por un tercero, siempre que tales extremos resulten declarados por sentencia firme en procedimiento penal. No será exigible la sentencia condenatoria cuando el proceso penal iniciado a tal fin sea archivado por prescripción, rebeldía, fallecimiento del encausado u otra causa que no suponga una valoración de fondo.
  2. Cuando haya recaído sentencia penal firme condenando por el delito de prevaricación a alguno de los magistrados o jueces intervinientes en virtud de alguna resolución recaída en el proceso en el que recayera la sentencia que se quiere revisar.
  3. Cuando sobre el mismo hecho y persona encausada hayan recaído dos sentencias firmes.
  4. Cuando después de la sentencia se conozcan o aparezcan hechos o elementos de prueba que, de haber sido aportados, hubieran determinado la absolución o una condena menos grave.
  5. Cuando solucionada una cuestión prejudicial por un tribunal penal se dicte con posterioridad sentencia firme por el tribunal no penal competente para la resolución de la cuestión que resulte contradictoria con la sentencia penal.
  6. Será motivo de revisión de la sentencia firme de decomiso autónomo la contradicción entre los hechos declarados probados en la misma y los declarados probados en la sentencia firme penal que, en su caso, se dicte.
  7. Cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos, siempre que la violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persistan y no puedan cesar de ningún otro modo que no sea mediante esta revisión.

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Autor: Stock catalog

¿Quién puede presentar este Recurso de Revisión Penal?

El Recurso de Revisión de Penal podrá ser presentado por el penado.

En caso de que éste haya fallecido, podrá presentar este recurso su cónyuge o pareja con la que haya mantenido convivencia, sus descendientes y sus ascendientes, con el sentido de rehabilitar la memoria del fallecido y de que se condene al verdadero culpable.

¿Qué ocurre si prospera el Recurso de Revisión Penal?

Si la Sentencia firme que ha sido objeto del Recurso de Revisión Penal es anulada y se impone una pena menor o de otro tipo,  cuando el condenado haya sufrido alguna pena corporal, la primera pena será tenida en cuenta a la hora de cumplir la nueva pena.

En caso de que con el Recurso de Revisión Penal se obtenga definitivamente una Sentencia absolutoria, el condenado o sus herederos tendrán derecho a las indemnizaciones correspondientes, las cuales serán satisfechas por el Estado, sin perjuicio de poder repetir contra el Juez o Tribunal sentenciador que fuera responsable o contra la persona declarada como tal o sus herederos.

 

Si crees que tu caso puede ser objeto de este tipo de recurso ponte en contacto con COMAR ABOGADOS, estaremos encantados de atenderte.

 

21 Comentarios

  1. Javier

    Sentencia firme diciendo k no me presente en el juicio cuando estaba insitu

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  2. jose

    buenas tardes si una sentencia es firme por incapacidad se puede recurrir un saludo

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  3. Jose Antonio

    Buenas tardes, tengo este caso que me condenaron a pagar 350 euros mensuales por un delito que verdaderamente no cometí y no presente testigo ni prueba por tenerla en ese momento , el testigo cambió de número de teléfono y está desconocido hasta día de hoy y las pruebas de fotos estaba en mi ordenador averiado y no podía presentarlo en esos momentos dejando al abogado sin pruebas y no pudo resolver este caso , se hizo una injusticia de que el culpable se puso de testigo y la denunciante ni la conocía cuando fui para firmar el co trato, fue su cónyuge el testigo y después de firmar vino al negocio para llevarse casi todo lo que no quería y no se reflejó al contrato de materiales y lo que se quedó con al año me fui, dejé lo demás y me lleve solo lo.mio y había unos días de fiesta cuando sustrajeron al local cerrado los materiales que deje allí su cónyuge que si tenía las llave del local y mando de la persiana que , solo tenía yo un mando solo dejando para el aquello a su disposición la apertura del local.

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    • Comar Abogados

      Buenos días,

      Lo ideal es que se ponga en contacto con nosotros de forma privada a través del correo info@comarabogados.es

      Un saludo

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  4. Montserrat

    Deseo información sobre una sentència que estoy sufriendo de la qual no estoy de acuerdo porque creo que el abogados de oficio que me toco no presento las pruebas que yo Le di

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    • Comar Abogados

      Buenas tardes,

      En primer lugar agradecerle que se haya puesto en contacto con nosotros.
      De acuerdo lo ideal seria que se pusiese en contacto con nosotros de forma privada para poder tratar el asunto. Puede concertar cita a través del correo info@comarabogados.es
      Un saludo

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  5. Maria

    Yo tengo a mi pareja con sentencia firme de 27 meses de prision por un delito que solo tiene en contra que en comisaría sufrió amenazas para culparme
    En el juzgado siempre dijo qye el no a sido por qye en esas horas estaba ingresado en urgencias aun así la jueza le metió esa pena por indios ya qye no tiene ninguna prueba.
    A dia de hoy el no se presentó al centro penitenciario y así lleva dos años de el no se nada pero quería saber si tiene solución ya que el es inocente
    27 divididos en 18 meses por fuego y 9 meses por amenazas
    Lo que se que esta en busca y captura

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  6. Elina

    Tengo mí hijo detenido y ya lo condenaron sin pruebas a 15 años

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    • Comar Abogados

      Buenos días,
      Si no nos da más información no podemos asesorarle. Puede ponerse en contacto a través del correo info@comarabogados.es
      Un saludo

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  7. Maria

    Buenas tengo una orden de alejamiento de mi actual pareja los hechos sucedieron ase mas de 7 años y ahora estamos juntos y nos a llegado la orden de alejamiento
    Yo que soy la víctima puedo hacer algo para que se suspenda
    Un saludo

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  8. Maria Angeles

    Como puedo pedir menos años de la orden de alejamiento estipulada en sentencia firme, es decir de 5 y 7 años a un año por ejemplo.
    Gracias

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  9. Fati

    Buenas tarde mi pregunta es pago la multa y civil mi hijo fuera de plazo y está cumpliendo dos anos

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  10. Amador

    A mí me condenaron a seis meses de prisión .ya pagado.ahora en libertad otro juzgado me pone en libertad vigilada por lo mismo .eso puede ser

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  11. María vivo lazo

    Me han condenado sin pruebas ni testigo por un delito que no cometí.
    Es una denuncia falsa.
    Puedo solicitar la anulación de sentencia?

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    • Comar Abogados

      A priori no.
      Si lo desea podemos examinar su caso. Póngase en contacto con nosotros a través del correo info@comarabogados.es

      Un saludo

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  12. alberto

    me condenaron a 6 meses de prision y me dieron en conformacion 30dias de travajos a la comunidad de los cuales se me paso la cita y me an rebocado a cumplir los 6 meses de carcel se uede acer algo al respecto.?

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  13. Rafael

    Me han obligado a 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad, tengo enfermedades psicológicas entre ellas agorafobia, soy alcohólico me lo podrían cambiar por algo relacionado a mis enfermedades

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    • Comar Abogados

      Buenos días, no le podemos decir. Tendríamos que ver su caso y porqué ha sido condenado.

      Un saludo

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  14. Gladys

    Esas leyes aplican en argentina?

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    • Comar Abogados

      Buenos días,

      No. Estos artículos están basados en la legislación Española

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  15. ENRIQUE LUIS

    Tengo una sentencia firme en calidad de cosa juzgada sobre una demanda contencioso administrativo sobre un pago del 30% por preparación de clases y evaluación donde hicieron un calculo con una suma irrisoria en base a la remuneración total permanente y no como manda la ley. Mi pregunta es ¿Qué debo hacer al respecto? el juez me indica que mi demanda tiene calidad de cosa juzgada y por lo tanto no hay nada que hacer. ¿Cómo puedo hacer para que me hagan el calculo remunerativo como manda la ley? que documento debo interponer? otros me indican que debo interponer otra demanda acompañando las jurisprudencias respecto a esta demanda. por favor su respuesta

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